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El Ayuntamiento de Sevilla endurece las normas para el uso patinetes eléctricos: edad mínima, velocidad máxima y prohibido circular por aceras

Cambio de normativa

Ante el aumento de accidentes, la capital hispalense establece una nueva serie de normas para garantizar la seguridad vial

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Patinetes eléctricos

Patinetes eléctricos

Joan Mateu Parra / Shooting / Colaboradores

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este jueves una modificación sustancial de la ordenanza que regula la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), especialmente los patinetes eléctricos, con el objetivo de frenar el aumento de accidentes registrados en la capital de Andalucía. 

La reforma ha salido adelante con el respaldo de todos los grupos municipales, salvo la abstención de Vox, y supone un endurecimiento de las condiciones de uso para reforzar la seguridad vial.

Requisitos que entran en vigor

El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, ha calificado de “necesaria y responsable” la actualización de la normativa, ya que responde de lleno al reto que vive la ciudad de Sevilla ante el aumento de casos vinculados a los patinetes eléctricos.

Entre las principales novedades figura la prohibición expresa de estacionar patinetes en aceras y zonas peatonales, así como de anclarlos a elementos de mobiliario urbano, arbolado o señalización.

A partir de ahora, solo podrán aparcarse en los espacios específicamente habilitados. Además, será obligatorio el uso de casco homologado y chaleco reflectante para los usuarios.

Únicamente podrán transitar por vías ciclistas aquellos cuya potencia nominal no supere los 250 vatios y siempre respetando una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora, que deberá reducirse a 10 km/h en itinerarios compartidos con peatones. Se mantienen las restricciones ya previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en momentos de aglomeración. 

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico seguirá siendo de 15 años, un “requerimiento expreso hecho por la Policía Local porque considera que es la misma edad que permite el uso de una motocicleta”.

Conforme a la normativa estatal, continúa prohibido circular por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos. Además, solo una persona puede llevar el patinete, por lo que no está permitido transportar alguien más y los vehículos deberán contar con alumbrado reglamentario, seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y registro en la DGT.

Patinete eléctrico en zona peatonal
Patinete eléctrico en zona peatonalMané Espinosa / Propias

El comunicado mantiene además la prohibición de conducir utilizando auriculares, dispositivos móviles o cualquier sistema de comunicación, así como bajo los efectos del alcohol o las drogas. En cuanto a las sanciones, se tipifican como infracciones leves estacionar en lugares no autorizados o anclar el patinete a mobiliario urbano, con multas de entre 50 y 100 euros.

Las infracciones graves (como circular sin la edad mínima, no llevar casco abrochado o chaleco reflectante, o utilizar un VMP que exceda la potencia permitida) podrán sancionarse con importes de entre 101 y 200 euros. Las muy graves alcanzarán entre 201 y 500 euros, subiendo así el límite máximo anterior que pasa de los 400 a los 500 euros.