El Tribunal Supremo ha hablado. Ha fijado una sentencia para la historia. En 185 folios, los magistrados dictaminan cómo Álvaro García Ortiz “o su entorno” filtraron un correo electrónico con datos personales de la pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La Sala ha certificado que quien fuera número uno de la Fiscalía filtró el mail a un periodista “quebrantando” el “especial deber de reserva” que ha tener como miembro de la carrera fiscal. Los magistrados no tienen la prueba exacta de que fuese él quien lo hiciera pero si no fue García Ortiz, dio las órdenes para que se hiciera.
Dos magistradas no comparten este criterio y defienden, en un voto particular de 48 folios, que hay dudas razonables sobre su autoría. Es decir, que pudo ser él u otra persona. Esta sentencia es firme, García Ortiz no puede volver a ser fiscal general en dos años y pagará una multa e indemnización a Alberto González Amador. El siguiente paso será el Tribunal Constitucional, una vez quede resuelto un trámite: el incidente de nulidad.
La Sala no se ha creído ninguno de los argumentos del ex fiscal general. El Supremo ha concluido que Álvaro García Ortiz filtró un correo electrónico aunque no tiene la prueba directa de ello. Sin embargo, de los indicios que se mostraron en el juicio entienden que no hay margen, la duda razonable ha quedado despejada. ¿En que se han basado los magistrados?
Acceso “singular” a los correos
El Tribunal ve como indicio inculpatorio el “apremiante encargo” del fiscal general al fiscal Julián Salto para que le enviara copia de los correos que se había cruzado con el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de Madrid.
Hasta tal punto, que hicieron salir al fiscal del partido de fútbol al que en ese momento estaba asistiendo, para proceder de forma inmediata a la remisión de los correos. No fue hasta que este los envió que no comenzaron las filtraciones. La razón de que se solicitaran fue que desde el entorno de Díaz Ayuso se empezó a hablar de la existencia de esos correos pero de manera falsaria.
La urgencia por tener los mails
Los magistrados han sopesado la urgencia mostrada por el fiscal general la tarde noche del día 13 de marzo del 2024 para conseguir los correos, reclamándolos a través de varias personas de la Fiscalía, muestran el interés que tenía. Todo eso queda demostrado por la secuencia de comunicaciones aquel día.
La llamada del periodista
Otra prueba fue la llamada que realizó el periodista de la cadena Ser a García Ortiz aquella noche. Poco después, éste publicaría el contenido del correo de 2 de febrero en el que el abogado de González Amador ofrecía un pacto de conformidad por dos delitos fiscales a cambio de evitar el juicio. La Sala no se ha creído la versión del periodista que dijo que llamó al fiscal general pero que le saltó el buzón de voz.
Los magistrados del Tribunal Supremo (TS) Andrés Martínez Arrieta (i), Manuel Marchena y Ana Ferrer JJ Guillen
Los magistrados han dado más valor al informe de la UCO que recoge que hubo una llamada de 4 segundos y si hubiese saltado el buzón sería de cero segundos. Tampoco se cree lo que dijo García Ortiz de que no se dio cuenta de aquella llamada esa noche.
El borrado de los registros
“El borrado fue contrario a las elementales exigencias del sentido común”. Que García Ortiz borrase todo su teléfono el día después de que se abriera una causa penal contra él, para la Sala es de una “coincidencia llamativa”. Además, desmiente la tesis de la defensa de que existiera un protocolo para proceder a esos borrados de forma periódica.
Y tampoco ha creído que el fiscal restableciera habitualmente los valores de fábrica del teléfono. Más bien apuestan porque ese borrado fuese una “estratégica destrucción de toda la información que pudiera comprometer la tesis exoneratoria que hace valer, con toda legitimidad, García Ortiz”.
“Eso ahora no importa”
La sentencia da valor probatorio a lo declarado en juicio por la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien aseguró que le preguntó a su superior si había sido él quien había filtrado los correos a la prensa cuando los vio publicados. “Eso ahora no importa”, le contestó García. “No cabe entender que la negativa recalcitrante a cumplir las órdenes de su superior tuviera otro motivo que no fuera el no dar a conocer oficialmente unos correos que eran confidenciales”.
La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, a su salida de la primera jornada del juicio al fiscal general del Estado.
Cuadro probatorio sólido
Los magistrados defienden que ninguna otra persona distinta al letrado de González Amador, el fiscal Salto, la fiscal provincial y el propio fiscal general del Estado y su entorno pudieron participar en la filtración porque fueron los únicos que tuvieron acceso. “Esto permite construir un cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente, que lleva necesariamente a afirmar, como hecho probado, que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien entregó el correo para su publicación en la Cadena Ser”.
El voto particular
Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo creen que se debería haber dictado una absolución porque los indicios “no son suficientes para llegar a un juicio de culpabilidad, sin dudas razonables”. “La sugerencia de la sentencia mayoritaria no es más una mera sospecha, que se decanta, entre las varias opciones igualmente posibles, por la más perjudicial para García Ortiz, y además la más artificiosa”, concluyen.


