Pablo Ródenas, abogado: “¿Casarte o ser pareja de hecho? Mejor cásate: sin boda no hay declaración conjunta, ni pensión de viudedad… ni siquiera chicles”

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TikTok | @rodenas_abogados

En tiempos en los que cada vez más parejas optan por no casarse, Pablo Ródenas, abogado y divulgador legal en redes sociales, ha lanzado una advertencia que está dando que hablar: “¿Casarte o ser pareja de hecho? Mejor cásate: sin boda no hay declaración conjunta, ni pensión de viudedad… ni siquiera chicles”.

El vídeo, publicado en su perfil de TikTok (@rodenas_abogados), resume con ironía —y artículos del BOE— las desigualdades fiscales y legales que aún existen entre el matrimonio y la pareja de hecho.

“¿Debates entre casarte o vivir como pareja de hecho? Pues prepárate, que aquí no hay corazoncitos, hay facturas”, comienza diciendo Ródenas. Y a partir de ahí, despliega una lista de ventajas reservadas exclusivamente al matrimonio.

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La primera, y más directa, está en la declaración de la renta: “Si te casas, Hacienda te premia con 3.400 euros menos en la renta, artículo 84.3 de la ley del IRPF”. Pero hay más: “1.000 euros de reducción por meterle pasta al plan de pensión de tu churri sin ingresos, artículo 51.7”, y “1.200 si tienen discapacidad, artículo 81.2”.

¿Y si decides no casarte? “Ni declaración conjunta, ni pensión de viudedad, sin pruebas de convivencia ni chicles”. El tono humorístico no oculta la dureza legal: la pareja de hecho carece de muchas garantías si no están debidamente registradas, documentadas y reconocidas en cada comunidad autónoma.

Si buscas amor eterno, haz testamento, pero si quieres ahorrar en serio, ponle anillo”

Pablo Ródenas, abogado

El vídeo también aborda uno de los grandes campos de batalla legales: la herencia. “En herencias el cónyuge lo tiene mucho más fácil, el de hecho que rece a su comunidad autónoma”, señala. Cada comunidad tiene normativas diferentes, y en muchas, el trato fiscal al heredero no casado es mucho más gravoso.

Y respecto a la vivienda habitual, otro matiz legal con fecha de caducidad: “¿Y vivienda habitual? Solo si compraste antes del 2013 y estás casado, gracias a la disposición transitoria 18”.

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