La definición de gran tenedor de vivienda en Catalunya trae de cabeza al sector jurídico e inmobiliario a causa de los diferentes criterios que aplica la Generalitat. Desde el Colegio Notarial han intentado recientemente aclarar este asunto a través de una consulta a la dirección general de Tributos del departamento de Economia i Finances, pero sin éxito. La respuesta que acaban de recibir ha causado preocupación, afirma el decano de los notarios catalanes, José Alberto Marín, porque persiste en “la inseguridad jurídica” que, a su juicio, sufren desde hace meses en materia habitacional.
Entre otras cosas, el Colegio ha solicitado que se aclare si la definición de gran tenedor es idéntica para fines fiscales a la utilizada en el decreto ley de vivienda, mediante el cual la Generalitat ha extendido el derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto), un elemento fundamental de su estrategia de vivienda y del proyecto de Salvador Illa para aumentar el acervo de viviendas públicas. La dirección general ha indicado que, en lo que respecta a impuestos, no se aplican otras definiciones presentes en el marco legal. “Os recordamos que este centro directivo sólo tiene competencias para resolver consultas de ámbito tributario”, se añade en la contestación, a la que este periódico ha tenido acceso.
Decano: La unificación de criterios evita la inseguridad legal después de consultar con la Agencia Tributaria.
El asunto es de suma importancia dado que los propietarios de múltiples inmuebles abonan más tributos –el Govern y los Comunes acordaron incrementar el impuesto de transmisiones en un 20% para este grupo–, están sujetos a derechos de tanteo y retracto, y enfrentan requisitos más estrictos en la regulación de alquileres que se aplica en casi toda la región. Una de las interrogantes pendientes es si se considera o no la vivienda de uso habitual para aplicar el tope de rentas. “Ahora nos encontramos con tres definiciones diferentes, la de Territori i Habitatge, la de Tributs y la relativa a los desahucios; cada departamento de la administración tiene un criterio distinto”, expresa Marín con pesar.
Esta dispersión normativa está generando “problemas e inseguridad”, continúa el decano de los notarios. Por ello, reclaman que la Generalitat unifique la definición mediante una norma común.
Las dudas tanto para los profesionales como los ciudadanos “crecen”, afirma Marín. Pone el ejemplo de la respuesta recibida justo ahora por parte de la dirección general de Tributos: “han tardado dos meses en respondernos, pero ahora tenemos el doble de cuestiones por resolver”.


